Carta Fianza
La
carta fianza en el financiamiento[1]
Wilson Gregorio Sucari Turpo &
Wilson Ronal Cucho Bustinza [2]
Universidad
Nacional del Altiplano
1. RESUMEN
Este trabajo tiene como
objetivo definir, explicar los elementos y las características sobre la Carta
Fianza que es un documento que se estipula bajo los fundamentos jurídicos del
Código Civil Peruano. El método empleado es la investigación monográfica, para
el cual, se recogieron diversos conceptos y procedimientos inherentes a la
temática. Se concluye que mayormente este tipo de documentos son requeridas por
empresas que prestan servicio a entidades públicos y para ello, la entidad
necesita un aval (carta fianza) para cumplir sus obligaciones o compromisos con
un tercero (acreedor).
2. OBJETIVOS
·
Definir el concepto de la Carta Fianza.
·
Explicar los elementos y características
de la Carta Fianza.
·
Ejemplificar los elementos y
características de la Carta Fianza.
3. INTRODUCCIÓN
La cara fianza es un
documento bancario que es solicitado por un fiado al ser un requisito por una
entidad tercero. Cuando una empresa quiera, por ejemplo, trabajar con una
entidad pública en la construcción de una obra grande, esta entidad pública
siempre lo pedirá como requisito una carta fianza puesto que con ello garantiza
a que el proyecto no termine en un vacío, si la empresa incumple con el
compromiso su aval (carta fianza) podrá reparar el compromiso o el pacto que se
realizó con el acreedor.
En
ese sentido este trabajo expone sus apartados el concepto de la carta fianza,
sus elementos, sus características y sus requisitos. El método empleado a este
trabajo es el monográfico, puesto que se recogen informaciones de diferentes
fuentes correspondientes al tema referencial.
4. MARCO TEÓRICO
4.1.
La carta fianza
Es
el documento por el cual el Banco (fiador), a solicitud o petición de su
cliente (fiado) garantiza el cumplimiento de una obligación asumida por éste
frente a un tercero (Chau, 2015; Delgado & Fernandini, 2017). Esa obligación
constituye un crédito indirecto a favor de su cliente, aun cuando el beneficiario
sea un tercero acreedor (Laveriano, 2014).
La
carta fianza es un documento netamente bancario, que tiene los mismos efectos
prácticos que la fianza regulada en el Código Civil, pero en el cual no reviste
la formalidad contractual por estar legalmente permitido conforme a la Ley
General del Sistema Financiero, Ley Nº 26702 (09.12.96). No es un título valor,
aunque su emisión es unilateralmente por una entidad financiera autorizada. Es
un documento en donde la entidad financiera se compromete únicamente a
desembolsar determinada cantidad de dinero, si dentro de determinado plazo el
afianzado no cumple con su obligación al acreedor (Gestión, 2017).
Este
mecanismo es utilizado generalmente para licitaciones y para contratos de
obras. Por ejemplo, cuando una empresa se presenta a una licitación, tiene que
presentar una Carta Fianza por Presentación de Propuesta, generalmente por el
20% del monto de la buena pro, esto se solicita para la seriedad de propuesta,
implica que la empresa ganadora de la buena pro realizará efectivamente la
obra, o la compra según sea el caso, y de no hacerlo la entidad licitante
efectuará el cobro de la fianza al Banco. Puesto que la Carta Fianza es un
documento mediante el cual el banco se constituye un fiador solidario de la
empresa a favor del acreedor, con renuncia del beneficio de excusión para
prestar garantía de todas las obligaciones de la empresa frente a la entidad
licitante, en caso de incumplimiento de su afianzado -artículo 1868º del Código
Civil-, (Pacheco, 2018).
Renuncia
del beneficio de Excusión. Significa que el Banco tendrá que hacer el pago a la
entidad licitante sin necesidad de cobrar primero a la empresa (su afianzado),
o de requerir la realización del patrimonio de la empresa para cumplir con el
pago de la obligación o de la penalidad en este caso (Laveriano, 2014).
4.2.
Elementos de la Carta Fianza
Ø Deudor,
solicitante o usuario, cliente del Banco.
Ø Fiador,
Banco o institución financiera que otorga la carta.
Ø Acreedor,
beneficiario, ante quien se garantiza la obligación.
4.3.
Características de la Carta Fianza
Ø Puede
ser emitida en moneda nacional y o moneda extranjera.
Ø Las
obligaciones derivadas de la emisión de una Carta Fianza por parte del cliente
(fiado) y el Banco (fiador) son evidenciadas en el contrato de fianza con el
acuerdo de voluntades entres los mismos.
Ø El
Banco (fiador) asume y se obliga voluntariamente a cumplir determina- da
prestación en garantía de su cliente (fiado), si éste incumple en un plazo
determinado.
Ø La
fianza como documento de término presenta dos fechas de vencimiento literal o
nominal (fecha expresada en el documento) y la fecha legal, la cual es de 15
días posteriores a la literal o nominal del documento.
Ø Las
cartas fianzas se emiten por plazos máximos de 1 años, salvo excepciones
autorizadas por la ley u organismos competentes.
Ø El
Banco no se obliga por una cantidad mayor ni con más gravamen que el estipulado
en el documento de la Carta Fianza.
4.
Las Cartas Fianzas emitidas por los Bancos son:
Ø Solidaria.
El fiador, en este caso el Banco, responde por la obligación del deudor ante el
beneficiario.
Ø Irrevocable.
El fiador se obliga frente al acreedor, a no renunciar a esta condición,
durante el plazo de vigencia de la carta fianza.
Ø Incondicional.
En este caso, el Banco responde ante el acreedor sin restricción legal alguna.
Ø Realización automática.
Si la empresa que es el fiado, incumple, el Banco debe efectuar el pago a la
entidad licitante (acreedor) a su solicitud, sin admitir oposición alguna, puesto
que, si el Banco incluso demorara el pago, el acreedor puede denunciarlo ante
la Superintendencia de Bancos.
4.4.
Clasificación de las Cartas Fianzas
Carta Fianza de pago
Es
la que garantiza el cumplimiento de pago de una deuda contraída por el fiado con cualquier entidad pública o
privada.
·
Para garantizar el pago de obligaciones
·
Para garantizar el pago de derechos
aduaneros
·
Fiel cumplimiento del contrato suscrito
Carta Fianza de adelanto
Es
aquella Carta en la que la entidad con- tratante de la obra solicita al
contratista, por el monto del adelanto en efectivo, de un porcentaje del valor
del contrato.
Por los adelantos a recibir, según el
contrato lo establezca; por ejemplo, el contrato es por 2 millones de dólares,
y el contrato prevé un adelanto para materiales del 20%, US$ 400,000, entonces
la empresa tiene que presentar una
Carta Fianza por el 20% de este
adelanto, de acuerdo a las estipulaciones del contrato.
Cuando las empresas desean venderle al
estado, bienes y servicios, o participar en las licitaciones, se les exige la
presentación de una carta fianza para garantizar la oferta.
Luego, una vez que ganaron la licitación,
se les requiere una carta fianza y fiel cumplimiento.
4.5.
Requisitos
·
Solicitud dirigida al banco, adjuntando formatos
de solicitud de carta fianza de los representantes legales.
·
Copia legalizada del acta de acuerdo de
concejo local o regional (cuadndo sea entidad pública).
·
Informe comercial requerido por la
superintendencia de banca, seguros y AFP, firma por el presidente regional o
alcalde.
·
Copia legalizada por el notario público o
por el juez de paz de los siguientes documentos:
o
Credencial (experiencia por el JNE) del
presidente regional o alcalde, según corresponda.
o
DNI del presidente regional o alcalde,
según corresponda.
o
RUC del gobierno regional o municipal,
según corresponda.
·
Cuando el crédito indirecto no cuenta con
garantía del 100% el cliente deberá alcanzar adicionalmente.
o
Información económico financiero del
ejercicio anterior.
7. ventajas para las entidades
públicas
·
Beneficios: los plazos se adaptan a cada
necesidades o requerimiento.
·
Ahorro: comisiones competitivas.
·
Cobertura: la más amplia red de agencia.
El banco de la nación cuenta con más de 500 agencias en el ámbito nacional.
·
Rapidez: la posibilidad de acceder a una
línea de carta fianza permite agilizar el proceso de aprobación.
5.
CONCLUSIÓN
La
Carta Fianza es un documento bancario que generalmente son solicitadas por
entidades con personería jurídica; los elementos que participa son el fiador
(banco) quien presta el aval mediante un convenio previo, el fiado (la empresa
que solicita la carta fianza) y el acreedor a quien el fiado garantiza un monto
expresado en dinero para cumplir su compromiso con este último.
6.
BIBLIOGRAFÍA
Chau, J. (2015). Análisis financiero de las
empresas que cuentan con un mayor acceso al crédito en el Perú en los años
2011, 2012 y 2013. Universidad Nacional de Ingeniería. Retrieved from
http://repositorio.uni.edu.pe/handle/uni/6416
Delgado, P. E., & Fernandini, M. (2017). Crédito
promotor para impulsar la oferta privada de vivienda nueva: Lineamientos para
su implementación. Washington, D.C. https://doi.org/10.18235/0000624
Gestión. (2017). Cartas fianza: ¿Por qué es importante que
una empresa tenga este instrumento? | Economía | Empresas | Gestion. Retrieved October 24, 2018, from
https://gestion.pe/economia/empresas/cartas-fianza-importante-empresa-tenga-instrumento-142673
Interbank. (2018). Solicitud de Carta Fianza. Puno. Retrieved from https://www.interbank.com.pe/documents/10180/27511/carta_fianza_bpe_solicitud.pdf
Laveriano, W. (2014). Financiamiento Carta Fianza. Actualidad
Empresarial, 256, II-1-II-4. Retrieved from
http://www.aempresarial.com/web/revitem/2_10487_27399.pdf
Pacheco, D. (2018). Código Procesal Civil peruano 2018
[actualizado] | Legis.pe. Retrieved October 24, 2018, from
https://legis.pe/codigo_procesal_civil-peruano-2018-actualizado/
Scotiabank.
(2012). Carta Fianza. Lima. Retrieved from
http://zonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/000045/1550485/2094778/656795928rad23457.pdf
7.
ANEXOS
DOS
MODELO DE LA CARTA DE FIANZA
Extraído
de (Scotiabank, 2012).
MODELO
DE SOLICITUD DE LA CARTA FIANZA
Extraído
de (Interbank, 2018).
[1] Este trabajo realizó con fines acreditación
académica (mediante de exposición) en la asignatura de Finanzas Corporativas
con el docente CPC. Mc S. Hugo Fredy Condori Manzano.
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